este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por FRANCO JOEL DELGADO MORA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.493.419 en contra del ciudadano LUIS MIRO DELGADO CORDERO venezolano, titular de la cédula de identidad N° 5.663.723 por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, en consecuencia de la referida decisión, se declara legalmente Reconocido en todas y cada y una de las partes el contenido y firma del Instrumento Privado objeto del presente litigio. Asimismo, este Tribunal acuerda expedir por secretaría las Copias Certificadas y entréguesele a la interesado. Igualmente, este Tribunal ordena la devolución del documento original el cual corre inserto al folio tres (03) del presente expediente. Quedan a salvo los derechos de terceros, si hubiere lugar a ello. Publíquese, Regístrese, Diarícese .....