este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos NOLFA OLIVA CAÑAS ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.229.486 y MANUEL STARKY RAMIREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.135.417, de este domicilio y hábiles, de acuerdo con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, en los términos señalados en la Sentencia No. 446/2014, del 15/05/2014 y sentencia No. 693 del 02/06/2015.
En consecuencia, QUEDA DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha 25/08/2017, entre los ciudadanos antes mencionados, por ante el Registro Civil del Municipio Cárdenas del estado Táchira, según Acta de Matrimonio No.168