ÉSTE JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Extinción de Obligación Manutención que tiene el obligado: JACKSON ENRIQUE CABALLERO CHACON, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.970.939, a favor de la adolescente: JACKSYREE ADELSYMAR CABALLERO HERRERA.
SEGUNDO: Se Declara extinguida la obligación de Manutención.
TERCERO: Líbrese oficio al JEFE DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, (IPSFA), para que suspendan las retenciones mensuales por concepto de Obligación de Manutención.
CUARTO: Se levanta la medida preventiva de Retención de Prestaciones Sociales, para garantizar la Obligación de Manutención de la referida beneficiaria.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecut.....