En merito de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el convenimiento efectuado por los ciudadanos Pedro Eduardo Rosales Zambrano, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.368.315, parte demandante, debidamente asistido por la abogada Ana Agripina Useche Lozada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 173.273, , y el ciudadano Pedro Cristóbal Cárdenas Zambrano, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-1.535.049, parte demandada, asistido de la abogada Mariangel del Carmen Navarro Borjas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 219.380, del documento privado, inserto en el folio dos (2), consistente en un lote de terreno ubicado en el área urbana.....