Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos PALMENIO CASANOVA QUINTERO Y BLANCA EDILIA SALAS DE CASANOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-8.105.145 y V-8.105.026, respectivamente, cónyuges entre sí, debidamente asistidos por el abogado JONAN ARECIO SANDOVAL GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 153.587, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos por ante el Registro Civil del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, en fecha tres (03) de Septiembre de 1986, según consta en Acta de Matrimonio Nº 37.
Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lug.....