En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARTICULAR PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud aumento de Obligación Manutención; realizada por la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN BORRERO ESCALANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.320.75, contra el ciudadano MIGUEL ARCANGEL ESCALANTE ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.678.769, quedando la Obligación de Manutención para su hijo de siete (07) años de edad; en la cantidad de MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 1.800oo) y cuota adicional para el mes de septiembre de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.5.000,oo) para la compra de calzado, útiles y uniformes escolares. Y para diciembre la cant.....