Así se Declara.
Por las razones expuestas y como quiera que los entre los ciudadanos Antonio Ramon Ramirez Leal y Yennyfer Yohana Silva de Rodriguez, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.626.632 y V-16.282.289, el primero domiciliado en el sector Osuna parte alta via Panamerica casa N° 156 San Juan de Colon del Municipio Ayacucho del Estado Táchira y la segunda domiciliada en la Urbanizacion Marcos Perez Jimenez calle 7 con carreras 9 y 10 N° 9-74 del Municipio Michelena del Estado Táchira, realizaron un convenimiento sobre el cumplimiento y aumento de la Obligación de Manutención, cumpliendo con todas las formalidades de la Ley, este Tribunal HOMOLOGA, el convenimiento celebrado entre las partes, en fecha 21 de mayo del 2015. Se da carácter de cosa juzgada y así se declara