Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos Zoilo José Chacon García y Maria Magally Castillo Reyes, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.744.062 y V-14.819.864 en su orden, cónyuges entre si, debidamente asistidos del abogado Pedro Enrique Mendez Loaiza, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 220.551 y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos por ante el entre ellos por ante el Registro Civil del Municipio Ocumare de la Costa de Oro Estado Aragua, en fecha veintinueve (29) de noviembre de 2011, según consta en Acta de Matrimonio Nº 51. .....