DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los ciudadanos JAIRO DE JESUS GARZON DURAN y NIDIA YOLET PRATO DE GARZON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.134.314 y V-5.675.366 respectivamente y de este domicilio, conforme lo dispone el artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos mediante acta de matrimonio N° 20, de fecha 01 de octubre de 1981, inserta en los Libros llevados por el Registrador Civil del Municipio Capacho Nuevo y el Registro Principal ambos del Estado Táchira.