III
De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el DIVORCIO, con base en el artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos CARMEN ZORAIDA CONTRERAS DE COLMENARES y GERARDO ALFONSO COLMENARES GAITAN, plenamente identificados, contraído por ante el Prefecto del Municipio San Juan Bautista, Distrito San Cristóbal del estado Táchira, actualmente Registro Civil, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; el día 26 de agosto de 1983, tal y como consta en el Acta de Matrimonio N° 204.
Liquídese la sociedad conyugal existente.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Eje.....