En tal virtud, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE REPONE LA CAUSA al estado en que se admita nuevamente la demanda y regular el procedimiento por el procedimiento correspondiente de manera inmediata.
SEGUNDO: SE ANULA el auto de admisión de fecha 13 de junio de 2017, dictado por el Tribunal Tercero de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, dejando con pleno valor jurídico los poderes otorgados por el ciudadano ANIBAL SILFREDO ESCALANTE CHACON (f. 241) y por la ciudadana ANA MARIA ANDRADE DE QUINTAL, actuando por sus propios derechos y con el carácter de tutor de su hijo BRUNO DE ANDRADE ANDRADE, y la ciudadana LILIANA SOFIA DE ANDRADE ANDRADE (f. 24.....