Asimismo, se acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, este Tribunal en disposición a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil; Acuerda expedir Copias Fotostáticas Certificadas, del escrito y del auto de homologación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, lo cual se hará efectivo una vez la parte actora suministre el costo de los fotostatos.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada por secretaría del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el Edificio Nacional de la ciudad de San Cristóbal, veintitrés (23) día del mes de Marzo de dos mil veintidós (2022). Años 211 de la independencia y 162 de la federación.
La Jueza Provisoria,
ABG. MARGELIS CONTRERAS FUENMAYOR La Secretaria Accide.....