Visto el convenimiento celebrado en el día de hoy, por la parte demandada, ciudadana ELVIRA BLANCO SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.817.394, asistida por el Abogado en ejercicio RICHAR ORLANDO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.121.998 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.943, mediante el cual convienen en todas y cada una de sus partes la presente acción, reconociendo tanto en la firma como en el contenido del instrumento fundamental de la presente acción, este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada