PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO. Formulada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, y la Sentencia Vinculante N° 1070, de fecha 9 de diciembre de 2016 dictada por la Sala de Constitucional y la sentencia N°136 de fecha 30 de marzo del año 2017 dictadas por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: GLADYS JUSTINA CARDENAS DE AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.471.409 y GABRIEL JOSE AVILA ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad.....