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Decisiones del dia 06/02/2018

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : SP22-G-2018-000014 N° Sentencia : 043-2018 Fecha: 06/02/2018
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
JHONATHAN MUJICA TARAZONA VS ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PEDRO MARIA UREÑA DEL ESTADO TÁCHIRA
Resumen:
DECISIÓN Por razones antes expuestas este Tribunal Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: COMPETENTE para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial. Segundo: ADMITE la presente querella funcionarial en cuanto ha lugar en derecho. Tercero: Se ORDENA la citación del Síndico Procurador del Municipio Pedro María Ureña del estado Táchira para que de contestación a la querella dentro de los quince (15) días despacho siguientes a que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas y notificación a la Alcaldía del Municipio Pedro María Ureña del estado Táchira para que este último remita los antecedentes administrativos que guarden relación con la presente causa, debidamente foliados y ordenados cronológicamente. Quien retarde y omita dicha remisión podrá ser sancionado por .....
Juez/Ponente:
José Gregorio Morales Rincón
Organo:
Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
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N° Expediente : SP22-G-2017-000133 N° Sentencia : 042-2018 Fecha: 06/02/2018
Procedimiento:
Recurso Contencioso De Nulidad
Partes:
CARLOS GABRIEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ Y YORLEY MARINA BERMÚDEZ DE GONZÁLEZ VS ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CAPACHO NUEVO DEL ESTADO TÁCHIRA.
Resumen:
Así las cosas, este Iurisdicente ratifica lo señalado en la decisión N° 031/2018 del 30/01/2018, relativa al pronunciamiento de las pruebas. Y, en tal sentido señala, nos encontramos en el trámite del procedimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad, cuya norma prevé que, es en la audiencia de juicio donde las partes controvertidas deben promover sus medios de prueba (Art. 83 Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa); oportunidad en la cual además, según la jurisprudencia reproducida, las partes litigiosas deben consignar o producir las pruebas promovidas. En el caso de marras, la audiencia de juicio se celebró el 18/01/2018, fecha además que fue verificada en el sistema IURIS. Y dado que el día 23/01/2018 la parte recurrente consignó pruebas documentales, es decir, en el lapso de oposición a la admisión de pruebas; es forzoso para quien aquí dilucida, el tener que ratificar la extemporaneidad de los medios probatorios consignados en fecha 23/01/2018......
Juez/Ponente:
José Gregorio Morales Rincón
Organo:
Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
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