Es por lo que tratándose de una solicitud de Jurisdicción Voluntaria y que en todo beneficia a la niña(se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013, por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.), esta Jueza Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de ACLARATORIA DE CONSTANCIA DE NACIMIENTO, formulada por la ciudadana LUCIA ELIODIGNA URBINA RAMIREZ., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 18.161.821; En consecuencia, se ordena Oficiar al Registro Civil del Municipio Ayacucho y al Director del hospital Central del Municipio Ayacucho "Dr. Ernesto Segundo Paolini", en el sen.....