CONDENA al imputado Oscar Sady Gamero Casanova, plenamente identificado, por la comisión del delito de violencia física previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en perjuicio de Ana Iris Alviarez Casanova, a un (01) año de prisión con las accesorias de ley, previstas en la ley orgánica que rige la materia, en consecuencia se le impone al imputado el cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- Presentaciones cada sesenta (60) días por la Oficina de Alguacilazgo. 2.- Prohibición de salida del estado Táchira. 3. Prohibición de concurrir determinados lugares públicos, específicamente donde expenda bebidas alcohólicas. 4.- Someterse al proceso.