Este JUZGADO PRIMERO EN FUNCIONES DE CONTROL, MEDIACION Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL Y EN CONSECUENCIA DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a MARIO ANTONIO GARCIA GOMEZ y CARLOS, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA, VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONOMICA previsto y sancionado. En el artículo 39, 41 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de ELADIA RODRIGUEZ de conformidad con lo señalado en el artículo 300.3, en concordancia, con el artículo 49.8 del Código Orgánico Procesal Penal y 111.7 numeral del Código Orgánico procesal Penal, en concordancia con el Artículo 108.5 del Código penal. Notifíquese de la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede firme la p.....