PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado CRISTOFER ALEXANDER ARROYABE RAMIREZ, de nacionalidad Venezolana, de 24 años de edad, con cédula de identidad Nº V.-17.886.433, nacido en fecha 26-04-1987, soltero, profesión u oficio latonero, residenciado barrio las delicias, calle 11 bis, con carrera 18 y 19, casa 18-55, la fría, Estado Táchira 0416-1556253. quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de VIOLANCIA FISICA previsto y sancionado en el articulo 42 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de ANA ROQUELINA ORTIZ RONDON, por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley que rige la materia.
SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con La Ley que rige la materia, ordenándose la remisión de las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público.....