TERCERO: SUSPENDE la prescripción de la acción penal contra el acusado JESUS ORLANDO ROSALES PERNIA, de nacionalidad venezolana natural de San Cristóbal, estado Táchira, titular de la cedula de identidad N° V- 10740584, de 43 años de edad, fecha de nacimiento 12-06-1972, estado civil: soltero, de oficio: obrero, residenciado: Avenida Francisco de Cáceres No. 9-10 La Grita, Municipio Jáuregui del estado Táchira. a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA previsto y sancionado en los artículos 41 Y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana I.G.L.G Y J.M.L.G por un lapso de UN (1) AÑO de conformidad con lo establecido en el artículo 44 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con el artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal.
CUARTO: Impone al acusado JESUS ORLANDO ROSALES PERNIA, de nacionalidad venezolana natural.....