Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONTROL DE AUDIENCIAS Y MEDIDAS NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL Y EN CONSECUENCIA DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a ZAFRA RANGEL GIOVANNY, C.I.V.- 16.124.663, residenciado en Sabaneta, Vía El Llano, Sector La Hortiza, calle La Esperanza, vereda Wilson, casa V-06, Estado Táchira, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de CARRILLO LOPEZ CARMEN ALICIA, , de conformidad con lo señalado en el artículo 318.3, en concordancia con los artículos 48 ordinal 8° (vigentes para el momento en que ocurrieron los hechos) y 108.5 del Código Penal .
Notifíquese de la presente decisión y remítanse las a.....