DECIDE: PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado ANNER KLENDERSON LARGO DAZA, venezolano, natural de Tariba, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad No V-21.416.885, fecha de nacimiento 29-07-1991, estado civil soltero, profesión u oficio moto taxita, residenciado Copa de Oro, Calle 0, Casa S/N Municipio Guásimos - Edo. Táchira, Teléfono 0426-603.99.04, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de los delitos de AMENAZA, VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el artículo 41, 42 Y 43 de conformidad con la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el delito de PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el articulo 174 del Código Penal, cometido en perjuicio de DAIMARY COROMOTO TORRES CHACON,, por encontrarse llenos los extremos del artículo 96 de la Ley que rige la materia.
SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la p.....