PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano MANOLO AVILA SUÁREZ contra la sociedad mercantil CONINSACA C.A. por cobro de prestaciones sociales.
SEGUNDO SE CONDENA a la empresa CONINSACA C.A. a pagar al demandante la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs.44.146, 90.) por prestaciones sociales.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en la Sentencia de fecha 11 de Noviembre de 2008, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia con Ponencia del Magistrado Luis Francheschi,
a) Los intereses de mora y la indexación o corrección monetaria sobre la prestación por antigüedad serán calculados por un único experto desde la fecha de terminación de la relación de trabajo, es decir, desde el 30/07/2010, hasta la fecha de la materialización del presente fallo.
b) La indexación o corrección monetaria sobre los demás conceptos condenados en el presente proceso, serán calculados .....