PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la abogada VIVIAN IVANA MORA PARRA actuando en su carácter de coapoderada judicial de la empresa DISTRIBUIDORA MERCA FACIL C.A., contra de la Providencia Administrativa No. 827-2011 emitida por la Inspectoría del Trabajo "General Cipriano Castro" del Estado Táchira de fecha 24 de Agosto de 2011 en el expediente signado bajo el No. 056-2011-01-00454.
SEGUNDO: LA NULIDAD ABSOLUTA DEL ACTO ADMINISTRATIVO contenido en la Providencia No. 827-2011 emitida en fecha 24 de Agosto de 2011 en el expediente emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "GENERAL CIPRIANO CASTRO" DEL ESTADO TÁCHIRA, signado bajo el N° 056-2011-01-00454.
TERCERO: SIN LUGAR la SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS ROJAS en contra de la empresa DISTRIBUIDORA MERCA FACIL C.A.