PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano VICTOR BELTRAN SIERRA en contra de la empresa PROMOTORA FERRERO TAMAYO C.A., por cobro de diferencia de prestaciones sociales.
SEGUNDO: SE CONDENA a la sociedad mercantil PROMOTORA FERRERO TAMAYO C.A., a pagar al demandante la cantidad de SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs.6.248, 25).
TERCERO: De conformidad con lo establecido en la Sentencia de fecha 11 de Noviembre de 2008, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia con Ponencia del Magistrado Luis Francheschi,
a) La indexación o corrección monetaria sobre los conceptos condenados en el presente proceso, serán calculados por un único experto desde la fecha de notificación de la demanda, es decir, desde el día 14 de Abril de 2011, hasta que la presente decisión quede definitivamente firme, excluyendo de dichos cálculos los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por acuerdo.....