Se declaro LA CADUCIDAD de la acción de nulidad intentada por el EJECUTIVO DEL ESTADO TACHIRA en contra de la Providencia administrativa N° 1164-2009, así como de la Planilla de Liquidación de multa N° 13-1164, ambas de fecha 03 de diciembre de 2009, emanadas de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira.
SEGUNDO: INADMISIBLE el referido recurso de nulidad interpuesto por el EJECUTIVO DEL ESTADO TACHIRA en contra de la Providencia administrativa N° 1164-2009, y su respectiva Planilla de Liquidación de multa N° 13-1164, ambas de fecha 03 de diciembre de 2009, emanadas de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira.