Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA INADMISIBILIDAD DEL RECURSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por el ciudadano JOHAN CARLOS LOPEZ PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el No. 83.100, actuando en representación de la CORPORACION VENEZOLANA DEL CAFÉ S.A., contra de la providencia administrativa N° 472-2012, de fecha 04 de Mayo de 2012, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO "GENERAL CIPRIANO CASTRO" DEL ESTADO TÁCHIRA, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios dejados de percibir de los ciudadanos RONY APNER PETIT RAMIREZ y LUZ MARINA RINCÓN.