ME INHIBO de conocer de la presente causa signada bajo la nomenclatura SP01-L-2009-0000153, en el que el ciudadano JAVIER RUJANO MORALES venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V- 11.837.203, demanda a la Sociedad Mercantil DESARROLLO URIBANTE CAPARO CA. (DESURCA), en la persona de su Presidente ciudadano ARNOLDO JOSÉ URIBE PATIÑO, por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES. Fundamento la presente Inhibición en el hecho durante el periodo comprendido entre el 09 de Junio de 2003 al 21 de Agosto de 2004, presté mis servicios profesionales como miembro de la Consultoría Jurídica de la Compañía Anónima de Electricidad de Los Andes (CADELA); filial de CADAFE en tal sentido, al haberse suprimido recientemente empresa (CADELA) propiedad del Estado Venezolano, pasando a formar parte (junto con la Empresa DESURCA y otras empresas filiales de CADAFE) de la Corporación Eléctrica de Venezuela (CORPOELEC), considera quien suscribe la presente Acta no exis.....