PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano HÉCTOR JUSTINO CASTRO PERNÍA contra el ciudadano JUAN GABRIEL CASTRO SILVA, en su condición de propietario del Fondo de Comercio denominado CONSTRUCCIONES JUAN CASTRO por cobro de prestaciones sociales.
SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano JUAN GABRIEL CASTRO SILVA, en su condición de propietario del Fondo de Comercio denominado CONSTRUCCIONES JUAN CASTRO a pagar al demandante la cantidad de MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON VEINTIUN CENTIMOS (Bs.1.885, 21.), por prestaciones sociales.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en la Sentencia de fecha 11 de Noviembre de 2008, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia con Ponencia del Magistrado Luis Francheschi,
a) Los intereses de mora y la indexación o corrección monetaria sobre la prestación por antigüedad serán calculados por un único experto desde la fecha de terminación de la relación de trabajo, es decir, de.....