Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en la acción de nulidad propuesta por el Abogado FRED NIELS IBARRA venezolano, mayor de edad, cedulado con cedula de identidad V.- 14.441.650, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nro. 92.520, apoderado judicial del ciudadano JESUS SALVADOR LEZAMA, venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, con cédula de identidad V.-17.956.915, contra providencia administrativa, Nº 2015-00007, de fecha 19 de junio de 2015, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, estado Bolívar.