Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en la acción de nulidad propuesta por el ciudadano FREDDLYN MAY MORALES, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-14.19.246, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 108.483, actuando en nombre y representación del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA ANTONIO JOSE DE SUCRE, contra el Auto de Registro Sindical Nro. 2012-00097, dictada en fecha 29 de Mayo de 2012, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, estado Bolívar.