En fecha 18/02/2011, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo previsto en los artículos 10 y 11 de su Reglamento vigente, le imparte su aprobación y HOMOLOGA LA TRANSACCION celebrada por las partes, dándole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada.-
Así mismo, se ordena oficiar al Departamento de Finanzas de la Corporación Venezolana de Guayana (C.V.G.), ubicada en Alta Vista, Puerto Ordaz, del Estado Bolívar, a los fines de que realice la retención de VEINTE MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs.F. 20.150,90), del total de retenciones up supra mencionados relativos a los contratos que la vinculan con la accionada, y remita dicha cantidad.....