este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar. Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO, por haber transcurrido en el caso de autos, el lapso legal previsto para tales efectos, sin que conste de ellos la ejecución en ese período, de algún acto de procedimiento y se ordena la notificación de las partes a los efectos de que ejerzan los recursos pertinentes.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dado, Firmado y Sellado, en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz. En Puerto Ordaz, a los siete (07) días del mes de Febrero de 2013. Años 202 de la Independencia y 153 de la Federación.
EL JUEZ,
Abg. RENE ARTURO LOPEZ .....