Vista la anterior ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, y los recaudos que la acompañan, presentada por la Sociedad Mercantil INVERSIONES PÍRELA PEÑA, C.A., conjuntamente con su representante legal ciudadano JUAN CARLOS PÍRELA PÉREZ, anteriormente identificados, a través de sus apoderados judiciales, parte presuntamente agraviada, este Juzgado la ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden publico, a las buenas costumbres ni alguna disposición expresa en la ley. En consecuencia y de acuerdo a lo establecido en la Sentencia Nº 07, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de febrero de 2000, se ordena notificar a la Sociedad Mercantil HOTEL ALFERCA CARACAS, C.A., (Hotel Aladdin), en la persona de su representante legal, ciudadano FEDERICO JOSÉ FERNÁNDEZ MACHADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.387.104, o de quien haga sus veces, parte presuntamente agraviante, a fin de hacerle saber .....