este Juzgado DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la presente acción de amparo constitucional, incoada por la sociedad mercantil MARIPEREZ MOTORS C.A; contra las actuaciones realizadas por el juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido dictado por el juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de esta Circunscripción Judicial, en fecha 2 de mayo de 2013, en consecuencia nulo todo lo actuado en el juicio signado bajo el N° AP31-V-2011-001498, partiendo del auto de admisión de la demanda inclusive.
TERCERO Se repone la causa al estado de nueva admisión de la demanda, y se
ordena al Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de esta Circunscripción Judicial, a pronunciarse sobre la admisión .....