éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, en el juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO sigue el ciudadano FELIX ENRIQUE VALENZUELA VELÁSQUEZ, contra los ciudadanos IRENE ÁNGELA BORTOLAZZO DE MORELLA, MARÍA RITA BORTOLAZZO DE PÉREZ Y FREDDY ANTONIO BORTOLAZZO LAMBERTUCCI, anteriormente identificados, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble que a continuación se detalla:
""Un Terreno y la casa quinta sobre el construida, distinguida con el Nro. 95, ubicada en la Urbanización El Conde, Parroquia San Agustín, Calle Este 10, Bis, del Municipio Libertado.....