este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINCION DEL PROCESO, en la demanda de DIVORCIO presentada por el ciudadano LINO CLEMENTE CURIEL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-3.663.135 contra la ciudadana MILAGROS CORDERO MARCANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 4.089.349.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.