este Tribunal, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa en la Ley, la ADMITE, cuanto ha lugar en derecho por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el articulo 630 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, emplácese al ciudadano OSCAR SANCHEZ, antes identificado, para que comparezca por ante éste Juzgado, ubicado en el piso 03, Centro Simón Bolívar, Torre Norte, Caracas, Distrito Capital, dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, previo el transcurso de dos (02) días que se le conceden como termino de la distancia, conforme al articulo 205 del Código de Procedimiento Civil, en horas de Despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., a fin de que de contestación u oponga las defensas que crea pertinentes a la demanda incoada en su contra el BANCO DEL SOL, BANCO DE DESARROLLO, C.A, antes ident.....