este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito del Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: SE REPONE la causa al estado de notificarle a la defensora judicial, JANET LUTTINGER, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 23.225, de la sentencia dictada el 06 de marzo de 2012, el presente fallo, para que en lo sucesivo deba esta cumplir fiel y cabalmente sus deberes inherentes a su cargo.
Segundo: Como consecuencia de la ausencia de defensas, por parte de la defensora judicial de autos, forzosamente se ANULAN todas las actuaciones posteriores a la sentencia del 06 de marzo de 2012, incluyendo el cartel de subasta.
Tercero: En virtud que en el día de hoy dos (02) de junio de 2014, comparece a los autos la parte demandada, podrá hacer uso del derecho que a bien cr.....