PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Representante del Ministerio Público contra del acusado WILLIAM MONTAGUT RUIZ, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Cúcuta, Departamento Norte de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 05 de agosto de 1.982, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-84.275.547, soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Pablo Montaguth (v) y de Alix Ruiz (v), residencia do en la Urbanización la Palmas, casa Nº C-03, Guanta, Municipio Guata, Barcelona, estado Anzoátegui, en la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la Fe Pública; esto de conformidad a lo establecido en el numeral 2 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal
SEGUNDO: ADMITEN TOTALMENTE los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público por ser de obtención lícita, legales, pertinentes y necesarias para .....