PRIMERO: POR MAYORIA SIMPLE ABSUELVE al acusado SEPULVEDA JUAN JAVIER, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Los Patios Norte de Santander República de Colombia, nacido en fecha 16 de agosto de 1974, de 34 años de edad, titular de la cédula de ciudadanía pasaporte C.C. 88.210.690, soltero, hijo de Edith Elvira Sepúlveda (v) de profesión u oficio comerciante, residenciado en lo Patios Norte de Santander Colombia avenida 3, No. 3755, de la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE USUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. DECRETANDOSE EL CESE de la Privación Judicial Preventiva de Libertad y la libertad inmediata del ciudadano SEPULVEDA JUAN JAVIER.
SEGUNDO: VOTO SALVADO DEL JUEZ PRESIDENTE.
TERCERO: EXONERA de COSTAS al Estado venezolano por haber existido elementos para que la fiscalía llevara adelante la investigación y ser necesario la realizació.....