PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Publico contra FRANCISCO JAVIER BARRERA ROMERO, quien dice ser de nacionalidad Española, natural de Sebilla España, en fecha 18 de Octubre de 1964, de 44 años de edad, hijo de José Barrera Barroso (f) y de Nerio Carvajal (f), y Antonio Romero Sanchez (v) titular de la cédula de identidad No.28703059w, de estado civil divorciado, de profesión u oficio asesor financiero, sin residencia fija en el país, a quien el Ministerio Público le imputa presuntamente el delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano; de conformidad a lo establecido en el numeral 2, del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, por ser licitas, legales y pertin.....