ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: UNICO: SE DECLARA EXTINGUIDA LA ACCION PENAL, POR CONSECUENCIA DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA A FAVOR DE LUIS ARTURO BARRIENTOS PAREDES, de nacionalidad Colombiano, natural de Gramalote, República de Colombia, nacido el día 10-11-1.975, de 39 años de edad, titular de la cédula de Ciudadanía Nº 13.172.566, de profesión u oficio Talabartero, de estado civil soltero, domiciliado en el barrio Ricaute, carrera 10, casa N° 13-19, San Antonio del Táchira; hijo de Carmen Celena Barrientos y Luis Arturo Barrientos Villalta, de la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la ley Sobre la violencia Contra la Mujer y la Familia, por estar llenos los extremos del artículo 45 del Código Orgánic.....