PRIMERO: Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva y se dicta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano SAID FERNÁNDO FELIZZOLA SANTIAGO, de nacionalidad colombiana, natural de Cúcuta, Departamento Norte de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 05 de Enero de 1.985, de 27 años de edad, hijo de Said Felizzola Quintero (v) y de Luz Marina Santiago (v), titular de la cédula de ciudadanía No. 5.401.561, soltero, Obrero, residenciado en Barrio San Isidro, calle 8, No. 8-81, a media cuadra de una panadería, Ureña, Municipio Pedro María Ureña, estado Táchira, teléfono 0276-926.86.19, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 41 y 40 respectivamente ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de violencia, y VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 43, en concordancia con el artículo 15 numeral 16 numeral 6 de la Ley Orgánica Sobre el De.....