Por lo expuesto ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO, DE LA EXTENSION SAN ANTONIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Declara INTERRUMPIDO el debate, en consecuencia DECRETA la NULIDAD del acta levantada con motivo del inicio del Juicio Oral, de fecha 26 de Mayo de 2009.
SEGUNDO: Se repone la causa al estado de fijar nueva fecha para el inicio y realización del Juicio Oral y Público; y se fija para el día 09 de Julio de 2009, a las 9:30 horas de la mañana.
Regístrese, déjese copia, y notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrense las respectivas citaciones para el Juicio Oral y Público respectivo.-
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. HÉCTOR EMIRO CASTILLO GONZÁLEZ
SECRETARIA (O)
Causa Penal SP11-P-2008-000376