Por tal motivo, se ordena la notificación de dicha decisión en forma inmediata, la cual tiene que ver con la garantía de los derechos fundamentales del acusado en la presente causa.
Asimismo, por otro lado, al revisar los diferentes actos de comunicación, se ha apreciado que el encabezamiento de los mismos permite asumir que existe cierta confusión en cuanto a la naturaleza de los diferentes actos de comunicación.
En tal sentido, a fines ilustrativos, es pertinente acotar que existe diferencia entre la notificación y la citación, la cual radica en la naturaleza del acto en el tiempo, el cual será objeto de comunicación a las partes.
Se notifican los actos ocurridos en el pasado, se cita para actos por realizarse en el futuro. Luego, no es correcto notificar para una audiencia de juicio oral, o para cualquier audiencia por realizarse, lo adecuado es llamar a ese acto, citación. Por otra parte, se notifican las decisiones o resoluciones asumidas por los órganos jurisdiccional.....