PRIMERO: Se encuentra CULPABLE y se CONDENA al acusado ARLIS MIGUEL CARRASQUILLA MENDIVIL, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS, ONCE (11) MESES, DIECISIETE (17) DÍAS Y DOCE (12) HORAS de PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, LESIONES LEVES y LESIONES LEVES CALIFICADAS, previstos y sancionados en los artículos 416 y 418 del Código Penal, DETENTACIÓN DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal y USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación..
SEGUNDO: SE CONDENA al acusado ARLIS MIGUEL CARRASQUILLA MENDIVIL a las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal.
TERCERO: Se condena en COSTAS al acusado ARLIS MIGUEL CARRASQUILLA MENDIVIL, de conformidad con el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Pen.....