PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Representante del Ministerio Público en contra de los acusados MENDOZA GARCIA ANIBAL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de el Nula, Estado apure, nacido en fecha 02 de Julio de 1.966, de 44 años de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 10.133.458, hijo de Campo Elías Mendoza (v) y de Evila García de Mendoza (f), casado, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en la Colina de Bramon, calle 7, casa 1-40, Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, y LUZ ADRIANA HERNADEZ SILVA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacida en fecha 08 de Septiembre de 1.990, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.-23.959.149, hija de Enrique Hernández (v) y de Gloria Silva (v), soltera, de profesión u oficio Estudiante, residenciada en la calle 14, casa N° 8-03, Barrio Libertad, Cúcuta, Colombia, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTA.....