DISPOSITIVO
En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara:
PRIMERO: Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva y se dicta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano FREDDY ANTONIO GARCIA, de nacionalidad Venezolana , mayor de edad, natural de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, nacido en fecha 02 de Mayo de 1.967, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.106.826, soltero , hijo de Ángela Rosa García (f), de profesión u oficio Conductor, teléfono: 0416-1358143, residenciado Barrio La guaira, calle Principal, S/N color rosada, cerca de la Cruz del Campanario, Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira; incurso en la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 17 y 20 de la Ley Sobre la .....