PRIMERO: Se condena al acusado JHON ALEXANDER ORTIZ HERREÑO, colombiano, natural de Santa Fe de Bogota, República de Colombia, titular de la cédula de ciudadanía Nº CC- 1.090.381.351, nacido el 08-06-1987, de 25 años de edad, hijo de Leonor Medina (v) y Fernando Antonio Ortiz Arias (f), de oficio u oficio comerciante, residenciado en la carrera 6, entre calle 10 y 11, a una cuadra de entre Dorsay y Plasti Hogar, San Cristóbal, teléfono 0276-3416959; actualmente recluido en el centro penitenciario de occidente, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, por haber declarado y admitido de manera libre, sin apremio y voluntaria su la admisión de los hechos por los cuales el Ministerio Público le formuló acusación en la comisión del delito de TRANSÓRTE AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149, en concordancia con el artículo 163 numeral 11 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad a lo es.....